Medio Rural facilitará los trámites a los propietarios para agilizar el relevo por eucalipto del pino gravemente afectado por la banda marrón
La directora general de Planificación y Ordenación Forestal, Luisa Piñeiro, visitó hoy en Abadín una zona afectada por esta dolencia y avanzó los detalles de la instrucción que se publicará en los próximos días en la web de la Consellería para clarificar las flexibilizaciones de la moratoria hasta 2030 incluidas en la Ley de medidas
Se considerará que existe una grave afectación sanitaria de la masa cuando la mortalidad real (pies muertos y puntisecos por hectárea) supere el 25 % de la densidad objetivo establecida por el modelo silvícola correspondiente
Recordó además que desde la llegada de esta dolencia a los montes gallegos la Xunta viene ofreciendo a los particulares la posibilidad de realizar tratamientos gratuitos frente a la enfermedad, una medida que continúa para aquellos interesados
Abadín (Lugo), 25 de marzo de 2026
La Consellería do Medio Rural facilitará los trámites a los propietarios forestales para agilizar la sustitución por eucalipto de las masas de pino gravemente afectadas por la banda marrón. Así, publicará en los próximos días en su página web una instrucción con esta finalidad, tal y como avanzó hoy en Abadín la directora general de Planificación y Ordenación Forestal, Luisa Piñeiro, en su visita a una zona en la que se registran casos de esta enfermedad.
La directora general explicó que esta medida tiene como principal objetivo ayudar a los propietarios a frenar la expansión de esta enfermedad y ofrecerles una alternativa para evitar el abandono y aumentar la productividad del monte. Al mismo tiempo, recordó además que, desde la llegada de esta dolencia a los montes gallegos, Medio Rural viene ofreciendo a los particulares la posibilidad de realizar tratamientos gratuitos, una medida que continúa para todos aquellos interesados.
La instrucción concreta los trámites necesarios en relación con lo establecido en la Ley de medidas que acompaña a los presupuestos de este año y que introduce dos flexibilizaciones en la moratoria del eucalipto hasta 2030. Así, en esta norma se permite, por un lado, el traslado de la superficie de eucalipto a otra parcela, siempre y cuando la parcela inicial se transforme a coníferas o frondosas y la superficie de la nueva repoblación no supere, con carácter general, el 75 % del eucalipto que había en la inicial. Por otro lado, la segunda flexibilización abre la posibilidad de sustituir una masa de pinos gravemente afectados por la banda marrón por eucaliptos en un único turno de corta. La plantación de eucaliptos quedará limitada a un máximo del 50 % de la superficie de pino eliminada y el otro 50 % deberá repoblarse con cualquier otra especie de coníferas o frondosas.
Documentación necesaria por parte de los propietarios
De manera concreta, la plantación afectada por esta enfermedad tiene que estar en pie, salvo que se haya cortado después de la publicación de la Ley de medidas y se disponga de toda la documentación que lo acredite. La gravedad de la afección sanitaria y la inviabilidad técnica y económica de la masa deberán acreditarse mediante un informe técnico. Este documento tendrá que certificar el agente causal, con un boletín oficial de resultados emitido por un laboratorio de referencia o acreditado, aportar también evidencias gráficas georreferenciadas (fotografías) sobre la afección y verificar la gravedad de la afección y la mortalidad real de la masa.
En esta línea, se considerará que existe una grave afección sanitaria de la masa cuando la mortalidad real (pies muertos y puntisecos por hectárea) supere el 25 % de la densidad objetivo establecida por el modelo selvícola correspondiente. Todos los pies que excedan de la densidad objetivo serán tenidos en cuenta para el cálculo de la mortalidad real de la masa.
Asimismo, la solicitud de repoblación incorporará una propuesta completa de reforestación, que incluirá cartografía con la delimitación de las superficies destinadas a eucalipto y la justificación de la viabilidad selvícola de la nueva configuración. Asimismo, y como ya quedó establecido a nivel normativo, la repoblación de eucalipto se limitará a un máximo de la superficie eliminada de pino y a un único turno de corta, debiendo repoblarse el resto con otras especies permitidas. En todo caso, la Xunta podrá contrastar los datos aportados mediante inspección de campo.
Además, los interesados podrán optar por la posibilidad de solicitar que sea la administración forestal la que realice la toma de muestras y su análisis en laboratorio previo pago de la tasa correspondiente.