ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE LA XUNTA DE GALICIA

Encuesta a trabajadores/as

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales, en su artículo 14, señala que los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en el supuesto de riesgo grave e inminente y la vigilancia del estado de la salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores y las trabajadoras a una protección eficaz de seguridad y salud en el trabajo.

Para realizar una evaluación de los riesgos laborales existentes en el centro de trabajo, es procedente consultar a los/as trabajadores/as y comparar la información con las mediciones y estudios técnicos que se realicen, con las estadísticas de siniestralidad en el sector general y con los datos históricos de accidentalidad del propio centro de trabajo.

Por ello es importante que los/as trabajadores/as se tomen el tiempo necesario para cubrir la encuesta que pueden descargar en esta página, procurando que los datos que se indiquen en la misma tengan la máxima rigurosidad.

Procedimiento para el envío de la encuesta

Esta encuesta, de carácter voluntario, sirve para complementar la evaluación de riesgos del puesto de trabajo. 

Una vez cubierta, se puede enviar a través del correo electrónico o entregársela directamente a los/as técnicos/as que hacen la visita de evaluación de riesgos, así como a través de cualquier otro medio que se considere oportuno.

Dichos/as técnicos/as deben tener el deber de sigilo legalmente establecido.